El tiempo - Tutiempo.net
El tiempo - Tutiempo.net

¿Sabes que puedes ahorrarte en tu declaración de la renta hasta 3.000 euros por la instalación de placas solares en tu vivienda?

Por medio del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, se amplió un año más el ámbito de aplicación de este tipo de deducciones.

Para la aplicación de estas deducciones, y según una información de Aseryde Consultora, es fundamental disponer de certificados energéticos que acrediten la mejora energética, ya que sin ellos no se podrán aplicar las deducciones en el IRPF, al no poder acreditarse la mejora de la eficiencia energética.

El certificado de eficiencia energética es un documento emitido por los profesionales que se dedican a la certificación energética (arquitectos e ingenieros), en el que se miden aspectos como el consumo de electricidad, gas natural o el aislamiento de la vivienda.

Dentro de este apartado hay tres deducciones existentes: deducción del 20 % por obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración. La base máxima anual de esta deducción es de 5.000 euros anuales. Deducción del 40 % por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable. La base máxima anual de esta deducción es de 7.500 euros anuales y por último deducción del 60 % por obras de rehabilitación energética de edificios. La base máxima anual de esta deducción es de 5.000 euros anuales.

Estas deducciones son incompatibles entre sí respecto de la misma obra.

Si nos centramos en la deducción de moda, que es la correspondiente a la instalación de placas solares para autoconsumo en la vivienda, esta quedaría como sigue:

Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable

Estas obras son deducibles en la vivienda habitual del contribuyente, o cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que, en este último caso, la vivienda se alquile antes del 31 de diciembre de 2024.

No da derecho a deducción la parte de la obra que se realice en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos, ni en la parte de la vivienda afecta a una actividad económica.

Las obras con derecho a deducción son aquellas que hayan reducido en al menos un 30 % el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.

La base de la deducción estará compuesta por las cantidades satisfechas en las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023, con un máximo de 7.500 euros, siendo el porcentaje de deducción del 40 %.

El periodo impositivo en el que será de aplicación será aquel en el que se haya expedido el certificado de eficiencia energética emitido después de las obras. Estos certificados deberán ser expedidos antes del 1 de enero de 2024.