El fallo establece que ha quedado probado que entre los días 14 y 15 de marzo de 2020, nada más iniciarse el confinamiento por la pandemia de coronavirus, el acusado, natural de Cieza, estaba en el domicilio de la víctima con la que mantenía una relación de pareja sin convivencia desde hacía unas dos semanas en Alicante, cuando, después de comer, se produjo una discusión entre ambos en el transcurso de la cual el procesado se puso agresivo y profirió contra la víctima expresiones como «sinvergüenza» y otros insultos.
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- CLR/Europa Press